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martes, 12 de abril de 2011

Composición y organización del Tribunal Constitucional

        El Tribunal Constitucional está regulado en el Título IX de la Constitución (Arts. 159-165). Este título ha sido desarrollado por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional de 1979, que ha sido modificada en el 2010.
        Se compone de doce magistrados, de los cuales ocho son designados por las Cortes (cuatro por el Congreso y 4 por el Senado), dos por el Gobierno y dos por el Consejo General del Poder Judicial.
        Los magistrados son elegidos entre juristas de reconocida competencia y son independientes e inamovibles. La duración de su cargo es de nueve años, sin posibilidad de reelección inmediata, salvo si se ha estado en el cargo por un plazo no superior a tres años. Con el fin de asegurar la continuidad en las actuaciones del Tribunal se renueva por terceras partes cada tres años.




1 comentario:

  1. Buena entrada sobre la composición del Tribunal Constitucional. Me ha parecido que está muy bien explicado y sintetizado.

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